Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Normativa Consolidada
BOJA núm. 58 de 23/3/2005
https://www.juntadeandalucia.es/boja/boletines/2005/58/index.html
Procedencia: CONSEJERIA DE SALUD
Versión: 24/3/2005
Tipo de versión: CONSOLIDADA
Vigencia: 24/3/2005
Los Secretarios Generales de las Delegaciones Provinciales de Salud, solicitan la delegación de competencias para la instrucción de los procedimientos y propuestas de resolución de concesión de subvenciones, mediante Convenios de Colaboración, en su caso, a las Corporaciones Locales de su provincia durante el año 2005.
En consecuencia, en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 7 de la Orden de 22 de mayo de 2003, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la construcción y mejora de Centros Sanitarios de la Red de Atención Primaria del Servicio Andaluz de Salud y en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo:
Primero
Delegar en los Secretarios Generales de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud las competencias para la instrucción de los procedimientos y propuestas de resolución de concesión de Subvenciones, mediante Convenios de Colaboración, en su caso, a las Corporaciones Locales de su provincia durante el año 2005.
Segundo
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
Resolución de 19 de octubre por el que se Modifica la de 28-10-2004, por la que delegaba competencias en los Secretarios Generales de las Delegaciones Provinciales para la instrucción de los procedimientos y propuestas de resolución de concesión ...
Véase RES. de 19 de octubre, Modifica la de 28-10-2004, por la que delegaba competencias en los Secretarios Generales de las Delegaciones Provinciales para la instrucción de los procedimientos y propuestas de resolución de concesión de subvenciones, mediante Convenios de Colaboración («B.O.J.A.» 7 noviembre). Revisa en cuanto que delega en los Secretarios Generales de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud las competencias para la instrucción de los procedimientos y propuestas de resolución de concesión de Subvenciones, mediante Convenios de Colaboración, en su caso, a las Corporaciones Locales de su provincia durante el período de vigencia de la Orden de 26 de septiembre de 2005.
Este documento no tiene validez jurídica